Asesoramiento tributario y contable

Economistas

En Antonio Rosado Economistas, ofrecemos una gama de servicios especializados en materia fiscal-tributaria, contable y económica-financiera. Implementamos, con nuestros clientes, un riguroso sistema de trabajo que aporta valor en la toma de decisiones de la empresa.

Sobre nosotros

Fundado en Cádiz en 1979 por Antonio Rosado Serrato, somos un despacho profesional especializado en el asesoramiento tributario y contable a empresas y personas físicas.

El despacho está formado por un equipo de economistas y profesionales especializados en materia fiscal, tributaria y contable, totalmente integrado, que comparte conocimiento para proporcionar al cliente el máximo valor y calidad total en todos sus servicios.

Con más de cuarenta años de experiencia en el asesoramiento fiscal y económico, en Antonio Rosado Economistas siempre hemos destacado por nuestra vocación de servicio, la innovación y la permanente búsqueda de la excelencia.

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Publicación de copia del informe del Conflicto nº 21. Impuesto sobre el Valor Añadido. Actividades exentas. Interposición artificiosa de sociedad para la deducción de cuotas de IVA soportado

A efectos de lo dispuesto en el artículo 206.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 194.6 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación […]

Medidas en materia de tributación

El Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, (BOE 4 de febrero), por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial y el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE de 4 de febrero) […]

Publicación de copia de los informes de los Conflictos nº 20, nº 20 bis, nº 20 ter y nº 20 quater. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Adquisición de acciones propias para reducción de capital. Reducción de capital con devolución de aportaciones

A efectos de lo dispuesto en el artículo 206 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 194.6 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de […]